LIQUIDACIÓN LABORAL CDMX
Aunque es muy conocida como liquidación o liquidación laboral en CDMX, lo cierto es que se trata de la Indemnización Constitucional y el finiquito además de la prima de antigüedad que el patrón debe pagar al trabajador cuando lo despide.
Quien no ha sufrido en carne propia un despido injustificado en CDMX, acoso sexual, acoso laboral, falta de pago de salario, de comisiones, de horas extras e infinidad de otras violaciones laborales? Todo el tiempo ocurre y día a día nos preguntan:
- ¿Qué me tienen que pagar si me despidieron?
- ¿Qué es una liquidación laboral?
- ¿Qué es un finiquito?
- ¿Cómo se calcula mi finiquito?
- ¿Cómo se calcula mi liquidación laboral?
- ¿Qué me conviene?
Para saberlo, primero debemos entender algunas cosas, ahora te lo decimos.
Estabilidad en el empleo
Todos los trabajadores (salvo algunos burocráticos) tienen derecho, por mandato Constitucional, a una estabilidad en el empleo que se traduce básicamente en aquél derecho a no poder ser despedido del trabajo por que el patrón quiere, por lo que quiere o cuando quiere; es decir, si bien es cierto que nadie está obligado a darle trabajo a nadie que no quiera y por supuesto nadie está obligado a trabajar para nadie que no quiera, también cierto es que existen consecuencias si no se hacen las cosas correctamente.
Tratando de ser claros y concretos, podemos decir que existen dos tipos de despido laboral:
1.
Despido Injustificado:
El patrón despide al trabajador en forma ilegal, NO EXISTE CAUSA LEGAL PARA DESPEDIRLO, simplemente decide sacarlo de su empresa porque considera que tiene razones para hacerlo o bien, por simple autoritarismo.
Claramente se lo decimos: “Solo la JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE CDMX (Federal o equivalentes en cada entidad) son las únicas autoridades que pueden decidir si existen causas para despedir a alguien.
Conclusión: Si a usted lo despidieron o lo quieren despedir bajo amenazas un despido injustificado y por lo tanto le tendrán que pagar una Indemnización que comprende:
- Indemnización Constitucional (Tres meses de salario integrado).
- Salarios Vencidos (Salarios Caídos en caso de que el trabajador decida demandar).
- Prima de Antigüedad (Topada al doble del salario mínimo).
- Vacaciones, Prima Vacacional y Aguinaldo (Proporcional o completo según aplique).
- Salarios Pendientes de Pago.
- Conceptos Pendientes de Pago (Comisiones, premios, vales, etc…)
- Demás prestaciones extralegales en caso de existir y aplicar.
2.
Despido Justificado (Rescisión de Contrato)
Esto lo tiene que promover el patrón ante el Tribunal, no solo es decir “incurriste en esta falta”, “te vas porque hiciste tal cosa”, “faltaste, te vas”, “llegaste tarde”, “te falta inventario o dinero” y tantas otras causas usadas; se repite, el patrón se lo tiene que decir al tribunal NO AL TRABAJADOR ! y es solo puede ser declarado como válido y procedente por JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE CDMX (Federal o equivalentes en cada entidad), si ocurre, tendrán que pagarle una indemnización (También deberá pagar éste Finiquito Laboral a aquel trabajador que renuncie a su trabajo por escrito).
- Prima de Antigüedad (Topada al doble del salario mínimo y solo se tienen al menos quince años de antigüedad en el trabajo).
- Vacaciones, Prima Vacacional y Aguinaldo (Proporcional o completo según aplique).
- Salarios Pendientes de Pago.
- Conceptos Pendientes de Pago (Comisiones, premios, vales, etc… si existen).
- Demás prestaciones extralegales en caso de existir y aplicar.
En ambos casos, el patrón deberá pagar de inmediato lo que aplique.
Si aún quedara alguna duda, se lo decimos claramente: «NO RENUNCIE NUNCA, NO FIRME RENUNCIAS, NO FIRME HOJAS EN BLANCO, NO FIRME FINIQUITOS».
Muchas empresas lamentablemente recurren a prácticas ilegales, abusivas y por demás arbitrarias amedrentando a sus trabajadores con amenazas y presiones llegando al grado de decirles que son rateros y que los meterán a la cárcel, que darán malas referencias de ellos, que mejor firmen y tienen la puerta abierta o serán recontratados, que los boletinarán y no podrán conseguir trabajo.
No permita que abusen de usted, no firme nada, manténgase firme, no permita que se salgan con la suya y lo engañen, búsquenos de inmediato y nosotros actuaremos por usted y para usted, recuerde, a partir de ese momento se deberán entender con sus abogados (nosotros), lo protegeremos, le ahorraremos malos ratos y conseguiremos que prevalezcan sus derechos.