Tu liquidación laboral es importante. Es un derecho que te corresponde por ley al separarte de un empleo o ser despedido. No renuncies a él; en algunos casos, puede llegar a ser una muy buena cantidad de dinero, ya que el monto de esta depende de los años en los cuales laboraste en el puesto. Por lo anterior, es conveniente que sepas bajo qué condiciones podrás o no acceder a ella.
Situaciones que eximen al patrón de liquidarte
La Ley Federal del Trabajo es muy clara al respecto; analiza este listado y entérate de qué te corresponde según tu situación:
- Haber mentido acerca de tus capacidades para el trabajo por el que se te contrató. Esto implica haberlo hecho de forma verbal o entregando documentación falsa.
- Haber incurrido en cualquier acto que implique violencia. Se refiere a haber insultado al patrón, compañeros o familiares del patrón. También se aplicará esta norma si existe cualquier tipo de agresión física de tu parte hacia cualquiera de estas personas mencionadas.
- Cometer robo. Ya sea que hayas sido sorprendido en pleno acto o que el patrón tenga pruebas que evidencien tu falta, este podrá despedirte e incluso presentar cargos en tu contra.
- Haber dañado los bienes y/o inmuebles de tu lugar de trabajo. Este inciso se refiere tanto a si lo hiciste intencionalmente o si fue no intencionalmente como resultado de una negligencia de tu parte.
- Negarte a adoptar las medidas de seguridad propias de tu área de trabajo. Esto también incluye el hecho de que por no seguir estas medidas hayas puesto en riesgo tu vida y la de tus compañeros de trabajo.
- Revelar secretos profesionales. Consiste en difundir (ya sea de manera verbal o escrita) información de carácter reservado sin la autorización previa de la empresa o compañía para la cual trabajas.
- Ausentarte de tu trabajo. Tener 3 faltas injustificadas en un periodo menor o igual a un mes es también motivo suficiente de despido sin derecho a liquidación.
- Cometer actos inmorales en el área de trabajo. Se refiere a presentar comportamientos que van en contra de los usos y buenas costumbres de la sociedad dentro de tu espacio de trabajo.
- Acudir al trabajo en estado inconveniente. Consiste en asistir a trabajar en estado de ebriedad o bajo el efecto de alguna droga. Si consumiste alguna sustancia estupefaciente por prescripción médica, deberás informarle a tu patrón o jefe directo sobre ello; de lo contrario se te podrá despedir sin derecho a liquidación.
- Tener una sentencia penal en tu contra. Si se te dicta prisión preventiva o se te condena por algún delito cometido y dicha sentencia no te permite cumplir con tu contrato laboral, podrás ser despedido sin derecho alguno a liquidación.
Si no has incurrido en ninguna de las faltas mencionadas anteriormente, tienes derecho a la liquidación y debes exigirla.
Casos extraordinarios
- Si la empresa donde trabajas quiebra. En este caso, perderás el trabajo inevitablemente, pero tu patrón o jefe directo está obligado a darte tu liquidación y tu finiquito.
- Si el área donde trabajabas desaparece. En este otro caso, el patrón o jefe directo tiene la opción de instalarte en otra área, pero si no le es posible, deberá otorgarte tu liquidación y finiquito correspondientes.
- Si hay recorte de personal. Tampoco es algo de tu responsabilidad, por lo que el jefe o patrón deberá otorgarte tanto finiquito como liquidación.
La mejor opción, siempre, será conseguir asesoría legal adecuada para que puedas estar seguro de si tu situación pudiera quedar fuera de los parámetros que te hemos explicado o no. En muchos casos, la ausencia de dicha asesoría legal propicia que los patrones se aprovechen de tu falta de conocimiento. ¡Defiende lo que te corresponde!
También te va a interesar: Liquidación laboral, infórmate antes de firmar