5 apartados importantes de los contratos para la Ley Federal del Trabajo

El contrato de trabajo es un documento que sirve para establecer los criterios que regularán la relación entre el patrón y el trabajador. Debes asegurarte de que este escrito contenga algunos apartados importantes para defender tus derechos. Veamos cómo pueden servirte estos puntos en combinación de la correcta Asesoría laboral.

La importancia de los apartados en un contrato con base en la ley

La ley que regula el trabajo contiene los derechos mínimos que todo trabajador debe disfrutar. Las violaciones de dichas normas por parte del trabajador pueden ser denunciadas ante la Junta. Para que puedas obtener mejores resultados, revisa que tu contrato laboral contenga los siguientes puntos.

Duración de la jornada laboral

Las jornadas diurna, nocturna y mixta cuentan con horas límite para laborar. Si el trabajador supera este periodo y trabaja más, tiene derecho a que se le hagan pagos adicionales. Las cantidades se contemplan en los artículos 67 y 68 de la ley.

Debes revisar el horario que te establece el contrato y si supera el límite legal tienes derecho al pago de ese tiempo adicional trabajado. Ante la negativa del patrón puedes exponer esta situación ante la Junta laboral.

Nombre del patrón

Puede parecer un punto muy obvio pero es uno de los aspectos que más pesan dentro de un juicio laboral. Existen algunas empresas que solicitan mano de obra pero contratan a través de un tercero. Con el tiempo, si existe una denuncia, el trabajador tiene dificultades debido a que prestó servicios a una entidad distinta al que lo contrató. En ocasiones, ese patrón suele desaparecer.

Asegúrate que la persona a la que prestas tus servicios sea la misma que te contrata. La existencia de prestanombres puede ser un problema a futuro.

Salario

La remuneración que recibirás debe estar estipulada en el contrato. Pero debes verificar que dicho monto sea el que percibes en nómina y con el que cotizas ante el seguro social. Una mala costumbre patronal es la de afiliar al seguro con un salario mínimo o inferior al real.

¿Por qué debes estar atento a la remuneración señalada en el contrato? Del salario dependen diversas prestaciones y derechos, como los siguientes:

  • Aguinaldo.
  • Prima vacacional.
  • Prima dominical.
  • Cotizaciones en el seguro social.
  • Indemnizaciones.
  • Liquidaciones y finiquitos.

Tipo de contrato

Algunos contratos pueden ser de prueba, mientras que otros son temporales. En ocasiones puedes visualizar este punto desde el mismo encabezado, pero es un punto que no debe faltar en el contrato.

Recuerda que el patrón no puede celebrar repetidamente un contrato de prueba contigo. Y si el patrón establece un contrato temporal de trabajo, debes pedir que se aclare esa situación si en la práctica es por tiempo indeterminado. Muchos patrones intentan cortar la antigüedad del trabajador, no lo permitas.

Cláusulas de responsabilidad penal no son legales

Ten mucho cuidado si en el contrato laboral encuentras cláusulas en las que asumes la responsabilidad de cualquier pérdida o robo en la empresa. Aunque estos actos se hayan cometido, no debes ser tú el que automáticamente se culpe por esos ilícitos.

Recuerda que el artículo 20 Constitucional indica que nadie tiene la obligación de declararse culpable. Incluso si se trata de un proceso judicial, este derecho es aplicable. ¡Con mayor razón en un contrato laboral no se debe aplicar! A pesar de haber firmado, no debes asustarte, pues se trata de una cláusula ilegal e inconstitucional.

Protege tus derechos laborales y solicita el apoyo de especialistas que pueden revisar tu situación y ofrecerte la ayuda jurídica que necesitas. Disfruta tu trabajo, pero no permitas que se cometan actos arbitrarios por parte del patrón.

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¿Cuáles son los requisitos para la pensión por vejez?

Después de toda una vida laboral es fundamental ejercer el derecho a la pensión por vejez. Tramitarla puede parecer complicado o engorroso y contar con una asesoría laboral conveniente nos puede facilitar el proceso. Siempre es importante conocer los requisitos y los pasos a seguir para obtenerla en tiempo y forma. Explicaremos también las diferencias entre la pensión por cesantía en edad avanzada y la obtenida por vejez.

Pensión por Cesantía

Se puede solicitar entre los 60 y los 64 años de edad. Sin embargo, la cantidad a recibir oscilará entre el 75 % y el 95 % en el rango de edad mencionado. Es importante platicar con un abogado laboralista para conocer en profundidad las ventajas y desventajas.

Pensión por Vejez

En este caso es indispensable haber cumplido los 65 años en la fecha de presentación de la solicitud. También se deben tomar en cuenta estos factores:

  • El número de semanas cotizadas como las marca la ley del Seguro Social. Son necesarias 500 semanas cotizadas para quienes se retiran en los términos de la Ley IMSS del 73 y 1,250 para aquellos que pertenecen al régimen del 97.
  • Que el trabajador ya haya obtenido su baja del Régimen Obligatorio de la ley del Seguro Social.

Pasos a seguir para conseguir la pensión

A continuación se exponen los pasos necesarios para tramitar la pensión:

Acudir a la Afore

Lo primero que se debes hacer es asistir con un ejecutivo y notificarle la intención de obtener la pensión. Se verificará que estás en el momento preciso para recibir los recursos deseados. Recomendamos llevar, como mínimo, un comprobante de ingresos del último empleo para facilitar la operación.

Posteriormente deberás rellenar un formato especial de pre-solicitud para iniciar el trámite. La institución contratada para el ahorro se encargará de abrir el expediente especial para integrarlo con toda la información y documentos que tendrás que presentar ante el IMSS.

Reunir la documentación requerida

Hay que compilar los papeles que serán solicitados y tenerlos listos tanto en original como en copia para agilizar el proceso.

  • Acta de nacimiento
  • Identificación oficial vigente (INE)
  • Contar con la credencial ADIMSS o solicitar su reposición.
  • Clave única de Registro de Población (CURP), Se puede descargar de Internet e imprimir.
  • Estado de cuenta de la afore. Es preferible tener a mano el del cuatrimestre más reciente y que no tenga más de 6 meses de haber sido expedido.
  • Comprobante de domicilio. También debe ser el más reciente o tener una antigüedad máxima de 3 meses.
  • Acreditación de la baja del IMSS en modalidad 40.
  • Datos de la cuenta o contrato bancario donde se depositarán los pagos mensuales. Ya sea que se abra una nueva cuenta especial para este propósito o en una ya existente.
  • Contar con correo electrónico.  Aunque algunos adultos mayores pueden tener dificultades para manejar la información a nivel digital, se debe hacer un esfuerzo o solicitar ayuda. De esta forma será más rápido y sencillo recibir cualquier notificación o la actualización del trámite.

Acudir al IMSS

Se debe entregar el expediente completo que realizó la Afore en el área de pensiones de la clínica asignada. Posteriormente se llenará y firmará la Solicitud Formal de Pensión que será revisada para dictaminar la resolución final. El proceso tiene un tiempo estimado de respuesta de hasta 1 mes.

Sabemos que puede resultar laborioso y desgastante llevar a cabo todos los procesos y más cuando tenemos una edad avanzada. Existe la oportunidad de apoyarse en especialistas experimentados que nos lleven de la mano y sean capaces de asesorarnos de forma profesional. De esta forma podremos resolver cualquier complicación que pudiera surgir en la obtención de la pensión por vejez.

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¿Cómo identificar si mi despido es injustificado y qué debo hacer en caso de ser así?

El despido injustificado es muy común en nuestros días a causa de diversos factores. El más común de estos factores es, sin duda alguna, el desconocimiento de tus derechos esenciales que, como trabajador, tienes que hacer valer. ¡No te dejes amedrentar y pelea por lo que te corresponde!

¿Cómo puedo saber si mi despido fue justificado o no?

La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 47, es sumamente clara al respecto. Sin embargo, a continuación, te enlistamos algunos consejos para que puedas saber si tu despido va conforme a la ley o es una arbitrariedad de tu patrón.

  • Entérate de las causas de tu despido. Siempre que te despidan pregunta al departamento de recursos humanos o bien a tu jefe directo las razones por las que te han separado de tu empleo.
  • Verifica si el motivo de tu despido deslinda al patrón de toda responsabilidad. De acuerdo con la ley vigente, solo estas conductas podrían justificar tu despido y tu patrón quedaría exonerado de brindarte la liquidación correspondiente:
  1.  Haber entregado documentación falsa al solicitar el empleo o haber mentido sobre tus capacidades para dicho trabajo. 
  2. Incurrir en cualquier tipo de acto de violencia comprobable. Debes tener mucho cuidado con esto porque está muy vigente la lucha contra la violencia de género y, si ese es el caso, el despido procede y puedes hacerte incluso acreedor o acreedora a una demanda.
  3. Haber dañado los bienes y/o inmuebles de la empresa.
  4. Revelar secretos profesionales de la compañía o empresa.
  5. Faltar más de 3 días al trabajo de forma injustificada en un periodo menor de 30 días.
  6. Haber acudido al trabajo en estado de ebriedad o bajo el efecto de estupefacientes.
  7. Haber cometido actos inmorales en el lugar de trabajo.
  8. Desobedecer de manera injustificada a tu patrón o jefe directo siempre y cuando sea en actividades relacionadas con el trabajo para el cual se te contrató.
  9. Negarte a adoptar las medidas de seguridad pertinentes de acuerdo a la naturaleza de tu trabajo.
  10. Comprometer la seguridad propia y la de los demás adoptando conductas negligentes durante el desarrollo de tu trabajo.
  • Adicionalmente, verifica estos casos extraordinarios: Asegúrate de saber si al momento de tu despido la materia de trabajo subsiste, es decir, que el puesto que desempeñabas sigue existiendo, porque si desaparece o la empresa quiebra, el despido es justificado, pero el patrón deberá liquidarte.
mi despido es injustificado que hago

Mi despido es injustificado: ¿qué hago?

Sigue estos tips para que puedas resolver cuanto antes tu problemática:

  • Negocia directamente con tu patrón. Muchas veces los despidos son por algún malentendido o por falta de comunicación entre tú y tu patrón. Aclara la situación de ser posible.
  • Busca asesoría legal. Busca la ayuda de un abogado especialista en Derecho laboral. Si no conoces alguno o no crees tener el recurso para pagar uno, puedes acercarte a la defensoría pública de tu Estado.
  • Reúne tu documentación. Ten a la mano tu contrato de trabajo y, de ser posible, la mayor cantidad de recibos de nómina.
  • Acude a la junta local o federal de arbitraje más cercana a tu localidad. Deberás acudir a esta instancia legal y explicar tu situación al personal pertinente en compañía de tu abogado de confianza. También puedes optar por ir por tu cuenta, ya que el procurador de esa junta a la que acudes está obligado a darte la asesoría jurídica correspondiente.

Los problemas laborales son mucho más comunes de lo que te puedes imaginar, y es recomendable, ante todo, resolver dichos problemas mediante el diálogo y la comunicación. Sin embargo, cuando esto no es posible, deberás acudir a instancias legales que defiendan tus derechos como trabajador. ¡Ánimo, la solución está en tus manos!

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¿En qué casos no tienes derecho a recibir liquidación?

Tu liquidación laboral es importante. Es un derecho que te corresponde por ley al separarte de un empleo o ser despedido. No renuncies a él; en algunos casos, puede llegar a ser una muy buena cantidad de dinero, ya que el monto de esta depende de los años en los cuales laboraste en el puesto. Por lo anterior, es conveniente que sepas bajo qué condiciones podrás o no acceder a ella.

Situaciones que eximen al patrón de liquidarte

La Ley Federal del Trabajo es muy clara al respecto; analiza este listado y entérate de qué te corresponde según tu situación:

  1. Haber mentido acerca de tus capacidades para el trabajo por el que se te contrató. Esto implica haberlo hecho de forma verbal o entregando documentación falsa.
  2. Haber incurrido en cualquier acto que implique violencia. Se refiere a haber insultado al patrón, compañeros o familiares del patrón. También se aplicará esta norma si existe cualquier tipo de agresión física de tu parte hacia cualquiera de estas personas mencionadas.
  3. Cometer robo. Ya sea que hayas sido sorprendido en pleno acto o que el patrón tenga pruebas que evidencien tu falta, este podrá despedirte e incluso presentar cargos en tu contra.
  4. Haber dañado los bienes y/o inmuebles de tu lugar de trabajo. Este inciso se refiere tanto a si lo hiciste intencionalmente o si fue no intencionalmente como resultado de una negligencia de tu parte.
  5. Negarte a adoptar las medidas de seguridad propias de tu área de trabajo. Esto también incluye el hecho de que por no seguir estas medidas hayas puesto en riesgo tu vida y la de tus compañeros de trabajo.
  6. Revelar secretos profesionales. Consiste en difundir (ya sea de manera verbal o escrita) información de carácter reservado sin la autorización previa de la empresa o compañía para la cual trabajas.
  7. Ausentarte de tu trabajo. Tener 3 faltas injustificadas en un periodo menor o igual a un mes es también motivo suficiente de despido sin derecho a liquidación.
  8. Cometer actos inmorales en el área de trabajo. Se refiere a presentar comportamientos que van en contra de los usos y buenas costumbres de la sociedad dentro de tu espacio de trabajo.
  9. Acudir al trabajo en estado inconveniente. Consiste en asistir a trabajar en estado de ebriedad o bajo el efecto de alguna droga. Si consumiste alguna sustancia estupefaciente por prescripción médica, deberás informarle a tu patrón o jefe directo sobre ello; de lo contrario se te podrá despedir sin derecho a liquidación.
  10. Tener una sentencia penal en tu contra. Si se te dicta prisión preventiva o se te condena por algún delito cometido y dicha sentencia no te permite cumplir con tu contrato laboral, podrás ser despedido sin derecho alguno a liquidación.

Si no has incurrido en ninguna de las faltas mencionadas anteriormente, tienes derecho a la liquidación y debes exigirla.

Casos extraordinarios

  • Si la empresa donde trabajas quiebra. En este caso, perderás el trabajo inevitablemente, pero tu patrón o jefe directo está obligado a darte tu liquidación y tu finiquito.
  • Si el área donde trabajabas desaparece. En este otro caso, el patrón o jefe directo tiene la opción de instalarte en otra área, pero si no le es posible, deberá otorgarte tu liquidación y finiquito correspondientes.
  • Si hay recorte de personal. Tampoco es algo de tu responsabilidad, por lo que el jefe o patrón deberá otorgarte tanto finiquito como liquidación.

La mejor opción, siempre, será conseguir asesoría legal adecuada para que puedas estar seguro de si tu situación pudiera quedar fuera de los parámetros que te hemos explicado o no. En muchos casos, la ausencia de dicha asesoría legal propicia que los patrones se aprovechen de tu falta de conocimiento. ¡Defiende lo que te corresponde!

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